Introducció general a l'època de les revolucions
castellano
En relació al ritme històric europeu, i tal com dèiem al tema anterior, Espanya també inicia l'Edat Contemporània en la seva primera fase, l'època de les revolucions, al començament del segle XIX, però per les seves circumstàncies particulars, l’època de les revolucions a Espanya (com a la resta de l’Europa mediterrània) serà llarga i lenta. La transició del feudalisme al capitalisme, amb tot el que això comporta de canvis estructurals (industrialització, societat classista, progressiva democratització, laïcisme, cientifisme), requerirà esforços i lluites perquè la lentitud del procés radicalitzarà postures que determinaran retrocessos, i no es completarà fins a la segona meitat del segle XX. |
1.1. El regnat de Carles IV (1789-1808)
El regnat de Carles IV va estar condicionat per dos esdeveniments interelacionats: per una part, l’oposició interna al programa reformista heretat del seu pare, Carles III, per una altra, l’esclat de la revolució a França. Aquests dos factors determinaran la vacil·lació en la continuació de les reformes de Despotisme Il·lustrat (que no la supressió). Però, precisament, aquesta política indecisa d’avenços i retrocessos portada a terme pel ministre Godoy (des de 1792) provocarà una radicalització política a Espanya que iniciarà una divisió que formarà part de la seva història d’ara en endavant: en aquest cas, la divisió entre partidaris de la Il.lustració (sectors minoritaris de la noblesa i el clergat, burgesia), defensors del programa reformista, i els seus retractors (majoria dels privilegiats, partidaris d’acabar amb totes les reformes). Aquesta política de tira i afluixa, juntament amb la impopularitat de Godoy (especialment entre la noblesa tradicional per motius ideològics, de classe i personals), causarà un enorme desprestigi del rei Carles IV i l’aïllament de la monarquia. Aquesta era la situació política espanyola als últims anys del segle, i quan la guerra contra Gran Bretanya (deguda a l’aliança amb França) accentuï una crisi econòmica típica d’una economia agrària subdesenvolupada, al descontentament dels privilegiats i de la burgesia (per les dificultats amb el comerç colonial) s’afegirà el de les classes populars: la monarquia està sola.
Aquesta situació de crisi política s’agreujarà d’una forma extraordinària amb la invasió de Napoleó, de tal manera que provocarà de manera definitiva l’inici d’un procés de crisi, no del govern de Carles III, sinó de l’Antic Règim en sí, degut al sorgiment d’una oposició revolucionària a les seves estructures. La burgesia espanyola, davant la situació de debilitat de la monarquia borbònica pels esdeveniments napoleònics, fa un pas cap endavant i abandona el reformisme apostant per postures ja revolucionàries. Aprofitarà el moment de crisi, a pesar de la seva debilitat, per prendre el poder i acabar amb l’Antic Règim. A partir de 1808, Espanya entra en una situació molt complexa perquè la crisi del règim possibilita el primer intent de revolució burgesa però en el marc d’una guerra que complica el seu estudi: la Guerra d'Independència. En aquest curt període de temps (1808-1814), els esdeveniments poden tenir varies lectures: una guerra civil, una insurrecció contra el règim legítimament establert, una guerra independentista i una revolució.
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Exercicis
•Estudieu La Guerra de la Independència o del Francès. Repasseu el marc europeu (introducció a la revolució burgesa)
•Feu un resum del text següent:
Los límites de las transformaciones del S.XVIII
Ya hemos dicho que las postrimerías del siglo anuncian una adaptación de España al capitalismo: entre 1787 y 1797 el número de fábricas y de comerciantes gana doscientas cincuenta mil unidades a costa de las clases productoras.
La legislación apoya dicho movimiento: la emprende con las aduanas interiores, los derechos sobre la producción y la importación de máquinas, los excesos de la reglamentación; prohibe a los gremios la prueba de "limpieza de sangre"; en la agricultura, favorece el cercado de bienes comunales, la venta de tierras reales, la desamortización de bienes de la iglesia (...). Se había propuesto a las familias nobles que renunciasen a sus mayorazgos a cambio de rentas. En la práctica estas medidas fracasaron ante la extensión de la reforma a realizar (...) Frente a la miseria del campesino se alzan las inmensas fortunas de los nobles (...). Esta pobreza explica el apego de la España rural a las tradiciones comunales y a las instituciones de caridad. Felizmente, Carlos III limitó el nepotismo, la corrupción, la etiqueta; pero los medios provinciales y coloniales, el bajo clero y la nobleza rural continúan apegados a las costumbre antiguas y a las viejas prerrogativas. Y la masa española sigue siendo más sensible a los llamamientos del fanatismo misioneísta que a las lecciones, algo pedantes, es verdad, de los escritores "ilustrados".
Una crisis de circunstancias puede hacer fracasar todo el esfuerzo de un siglo. En espera de Napoleón la mediocridad de Carlos IV va a prepararla. Hacia 1790 España vacila entre la renovación y la recaída.
Los malos consejeros de Napoleón le hablaron de la decrepitud. Éste no medirá ni la vieja fuerza instintiva del pueblo español, ni la reciente reconstrucción de los valores económicos e intelectuales. Pero de estos dos elementos -instinto de resistencia y voluntad de renovación-, que se conjugarán contra él, ¿quién vencerá a quién en el destino de la nación?. este es el drama de la guerra de Independencia.
Vilar, P. Historia de España, págs. 71-73
• Llegiu el text següent i responeu la qüestió:
Era España, a comienzos del s. XIX, un país que vivia dentro de los moldes de lo que se ha llamado "viejo régimen", o sea: un país eminentemente agrario dominado por la gran propiedad rústica y los señorios, en que la nobleza y la Iglesia detentaban la mayoria de las fuentes de riqueza. De sus 37.300.000 Ha. de terreno, sólo ocho millones y medio estaban dedicadas al cultivo. Más de doce millones dedicadas a pastos, la mayoria silvestres' muchos de ellos hollados solo una vez al año por los rebaños de la Mesta. Según los datos de Cabarrús (...) 1.323 familias nobles poseían 16.940.000 Ha, los establecimientos religiosos (en número de 32.279) poseían 1.380.000 Ha, mientras que 9.160.000 Ha pertenecían a 390.034 hidalgos. Sabiendo que la población española, según el censo de 1803, era de 10.268.000 Habitantes y que, en 6.650.000 de población activa, la población agrícola era de 5.615.000, es posible formarse la idea de la estructura social que tenıa España al entrar en el s. XIX. En ciertas regiones de España, como por ejemplo Extremadura, los nobles poseían 2.149.898 fanegas de tierra y el resto de labradores propietarios sólo 741.610.
Los vestigios feudales eran tan acusados que, en multitud de casos, la propiedad de las tierras llevaba aparejada la potestad sobre los habitantes de pueblos y tierras. De 55 millones de aranzadas de tierra cultivada, 17.599.990 lo eran de realengo (esto es, sus habitantes estaban considerados como súbditos de rey, que era su señor), mientras que 28.306.700 eran de señorıo secular (los habitantes eran súbditos del señor y propietario a la vez) y 9.093.400 eran de señorío eclesiástico (las voces del señor eran cumplidas por una institución eclesiástica). Los núcleos de poblacion estaban divididos así: ciudades: 124 de realengo y 21 de sedñorio; villas 1073 de realengo y 3.013 de señorio; pueblos, granjas, cotos y despobIados: 13.309 de señorío y 11.921 de realengo; lugares: 7856 de realengo, 4.150 de señorío secular y 2. 868 de señorío eclesiástico.
En los campos existían verdaderas relaciones de vasallaje. En las tierras de señorio los nobles tenian derecho a nombrar corregidores, alcaldes mayores, justícia, bailes, regidores y demás funcionarios municipales. Había lugares en que los señores gozaban del monopolio de hornos, molinos, caza, pesca, montes y aguas; percibían tributos como el laudemio, el 10% de las ventas de los inmuebles, un porcentaje sobre las recolecciones, la siega y la vendimia y derecho de tránsito de los ganados. El régimen de mayorazgos (que hacía transmitir la propiedad al primogénito de cada familia) reforzaba la concentración de la propiedad agraria. Unase a esto el régimen de aduanas interiores, Ia multiplicidad de impuestos directos, la pluralidad de moneda en curso, etc.(...)
En Cataluña,(...) la libertad de fabricación téxtil fue autorizada en 1787. En 1779 Había en Barcelona nueve fábricas de paños de lana que reunían a 3000 obreros. En cuanto a la industria textil algodonera, ésta tomó auge decisivo en 1792 con sus 80.000 obreros. Las fábricas de indianas se esparcian por Barcelona, Mataró, Arenys de Mar, Reus, etc. Los avances técnicos facilitaban este desarrollo. En 1805 se introdujo en Catalunya la máquina de hilados Mule-Jeny y antes de 1808 se utilizaba ya la máquina contínua.
M. Tuñón de Lara. La España del siglo XIX,p.18
Comenta les característiques fonamentals de les estructures de l'Espanya de començament del segle XIX.
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1.2 La Guerra de la Independència i la Revolució burgesa
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1.2.1 El Motí d'Aranjuez
En aquells anys, 1808-1814, es va produir una situació, dèiem, extraordinàriament complexa perquè es va donar, simultàniament, una revolució burgesa i una guerra d’independència: és a dir, la lluita de la burgesia per acabar amb les estructures socio-polítiques de l’Antic Règim i convertir-se en la classe dominant, i la lluita d’un sector majoritari d’espanyols contra els invasors francesos. L’entrecreuament d’aquests dos fets, explica la complexitat d’aquest moment històric.
Seguint amb la política d’al.liança amb França, el Tractat de Fointenebleau (octubre 1807), que establia el repartiment de Portugal entre Napoleó i Godoy i el permís per l’entrada de l’exèrcit francès i el seu immediat assentament (a Lisboa, Catalunya i Navarra), suposava al mateix temps, als ulls dels privilegiats, l’entrada d’un exèrcit revolucionari al país. Aquest fet, juntament amb les reformes liberalitzadores d’aquells mesos, provocarà el primer pas de la crisi: el Motí d’Aranjuez (mars 1808), propiciat per la reacció de l’aristocràcia conservadora contra els fets inmediats. Es tracta d’un cop d’estat contra Carles IV i Godoy que aconsegueix , en efecte, l’abdicació del rei en favor del seu fill Ferran VII.
I, a continuació, el segon pas: l'abdicació de Baiona (abril 1808), on, reunits Napoleó, Carles IV i Ferran VII, els dos últims renuncien al tro d’Espanya a favor del primer, o sigui, del seu germà Josep I. Napoleó ha aconseguit els seus propòsits, és a dir, la incorporació d’Espanya al seu imperi sense besar una gota de sang. Però no és l'acte final. A partir d'aquest moment, els esdeveniments es precipitaran perquè forces inesperades entran en el conflicte d'interessos: les masses populars.
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exercicis
•Busca informació sobre Napoleó i fes un breu resum. Comenteu un dels següents textos:
Carta de Carlos IV a Napoleón. Marzo 1808
Señor mi hermano: V.M. sabrá sin duda con pena los sucesos de Aranjuez y sus resultas, y no verá con indiferencia a un rey que, forzado a renunciar a la corona, acude a ponerse en los brazos de un grande monarca, aliado suyo, subordinándose totalmente a la disposición del único que puede darle su felicidad, la de toda su familia y la de sus fieles vasallos.
Yo no he renunciado en favor de mi hijo sino por la fuerza de las circunstancias, cuando el estruendo de las armas y los clamores de una guardia sublevada me hacían conocer bastante la necesidad de escoger la vida o la muerte, pues esta última se hubiera seguido después de la de la Reina.
Yo fui forzado a renunciar; pero asegurado con plena confianza en la magnanimidad y el genio del grande hombre que siempre ha mostrado ser amigo mío, yo he tomado la resolución de conformarme con todo lo que este mismo grande hombre quiera disponer de nosotros y de mi suerte, la de la Reina y la del Príncipe de la Paz.
Dirijo a V.M.I. una protesta contra los sucesos de Aranjuez y contra mi abdicación. Me entrego y enteramente confío en el corazón y amistad de V.M. con lo cual ruego a Dios que os conserve en su santa y digna guardia.
De V.M.I. y R. su afecto hermano y amigo, Carlos.
Citado en Carmen Nieto y otros: Revolución y reacción. Bases documentales de la España Contemporánea. Madrid 1971, vol I.
Tratado de cesión de la Corona de España. Mayo 1808
De Fernando VII en Carlos IV.
Mi venerado padre y señor: Para dar a Vuestra Majestad una prueba de mi amor, de mi obediencia y de mi sumisión, y para acceder a los deseos que Vuestra Majestad me ha manifestado reiteradas veces, renuncio mi corona en favor de Vuestra Majestad, deseando que Vuestra Majestad pueda gozarla por muchos años. Recomiendo a Vuestra Majestad las personas que me han servido desde el 19 de marzo.
De Carlos IV en Napoleón Bonaparte.
Art. 1º S.M. el Rey Carlos, que no ha tenido en toda su vida otra mira que la felicidad de sus vasallos, constante en la idea de que todos los actos de un soberano deben dirigirse a este fin; no pudiendo las circunstancias actuales der sino un manantial de disensiones, tanto más fuertes, cuanto las desaveniencias han dividido su propia familia, ha resuelto ceder, como cede por el presente, todos sus derechos al trono de las Españas y de las Indias a S.M. el emperador Napoleón, como el único que, en el estado a que han llegado las cosas, puede restablecer el orden; entendiéndose que dicha cesión sólo ha de tener efecto para gozar a sus vasallos de las condiciones siguientes:
1ª La integridad del reino será mantenida; el príncipe que el emperador Napoleón juzgue debe colocar en el trono de España será independiente, y los límites de la España no sufrirán alteración alguna.
2ª La religión católica apostólica romana será la única en España. No se tolerarán en su territorio religión alguna reformada, y mucho menos infiel, según el uso establecido actualmente.(...)
Art. 5º S.N. el Emperador da y afianza a S.M. el rey Carlos una lista de 30.000.000 reales, que S.M. el emperador Napoleón le hará pagar directamente todos los meses por el tesoro de la Corona. A la muerte del rey Carlos, 2.000.000 de renta formarán la viudedad de la Reina.
Art. 6º El Emperador Napoleón se obliga a conceder a todos los infantes de España una renta anual de 400.000 francos, para gozar de ella perpetuamente, así ellos como sus descendientes y en caso de extinguirse una rama recaerá dicha renta en la existente a quien corresponda, según las leyes civiles.(...)
Citado en Carmen Nieto y otros: Revolución y reacción. Bases
documentales de la España Contemporánea. Madrid 1971, vol I.
La expedición a España deriva de una serie de consideraciones entre las que se encuentran mezclados la debilidad militar del estado vecino, la complacencia de los soberanos españoles, la presión de los fabricantes franceses, la necesidad de arrojar a los ingleses fuera de Portugal, la enemistad del Emperador hacia la dinastía de los Borbones, los imperativos de una estrategia política para el conjunto del Mediterráneo y, por fin, para remate y para ocultar ciertos cálculos sucios, los designios de Dios o las exigencias de una filosofía ad hoc.
Aymes, Jean R.: La Guerra de la Independencia, Madrid, Siglo XXI, 1974.
1.2.2 La formació de les Juntes de Defensa
En el mes de maig de 1808 es donen dos fets paral·lels i enfrontats: per una banda, el poble de Madrid , amb una reacció inesperada i sembla ser que força espontània, davant la falta de reacció de les institucions borbòniques, s’aixeca el dia 2 de maig contra els soldats francesos (descontentament per la fam, transformat en odi contra les tropes estrangeres assentades i les seves actuacions). S’inicia la Guerra de la Independència o la Guerra del Francès, quan la lluita popular es va estendre a la resta del territori espanyol. Per una altra, mentre s’ordena la repressió de la insurrecció contra el monarca legítim, el rei Josep I inicia tímidament una monarquia reformista, quasi constitucional (degut a la denominada, encara que inadequadament, la Constitució de Baiona, promulgada al juliol de 1808).
En els mesos posteriors, noves forces s’uneixen a la lluita (noblesa, clergat i burgesia) i arriba la resposta institucional: els governs municipals autònoms (l'alcalde de Móstoles va declarar la guerra a Napoleó), envien representants per la creació de Juntes Provincials que organitzen la defensa (aliança amb Gran Bretanya, creació d’un exèrcit regular) i el govern del territori. La inicial descentralització del moviment insurreccional es va modificant fins a la creació de la Junta Central que s’autoproclamarà com a legítima representant del govern espanyol en nom del rei Ferran VII (que continua fora d’Espanya). La victòria de Bailén (juliol 1808) havia estat una injecció de moral pels opositors a Josep I, però la intervenció personal de Napoleó deixa les coses al seu lloc. El predomini militar francés entre 1809-12 serà absolut contra l'exèrcit regular, les guerrilles i el suport logístic anglès, per tant, durant aquests tres anys, fins a mitjans del 1812, la guerra quasi no serà tal doncs el territori estarà pràcticament controlat pel govern de Josep I i solament de tant en tant hi ha algun cop d'efecte de les guerrilles populars que actuen contra els soldats francesos, seguit de forta repressió contra els veïns de la zona.
Davant la invasió, els espanyols adopten diverses postures degut a la diversitat d’interessos i objectius:
- Els que lluiten contra Josep I, o sigui, historiogràficament, els insurrectes, (autodenominats patriotes); naturalment, aquests independentistes són els rebels des del govern:
- Gran part de la noblesa i el clergat. Conservadors que lluiten contra Napoleó per revolucionari. Volen la tornada a l’Antic Règim, a l’absolutisme i als seus privilegis. Lluiten en nom de Déu i del rei Ferran VII (el Dessitjat). Dirigiran les institucions no governamentals (Juntes Provincials i Central)
- Burgesia i sectors de la noblesa i el clergat. Liberals que lluiten contra Napoleó en nom de la independència i la sobirania de la nació espanyola. Volen acabar amb l’Antic Règim per implantar un Estat Constitucional Liberal. Lluiten pel rei Ferran VII com a monarca constitucional. Serà el sector que convocarà a Corts no estamentals. Dirigiran les institucions no governamentals.
- Les masses populars (baix poble urbà, pagesos) que lluiten per Déu, la pàtria i el rei però sense significació política. La seva lluita és l’expressió del malestar socials en què es troben. Formen les guerrilles juntament amb elements del baix clergat.
- Els que defensen a Josep I, o sigui, historiogràficament, els afrancesats (els traïdors segons els patriotes independentistes):
- Antics il.lustrats, sector minoritari de la noblesa, clergat i burgesia, que donen suport a la monarquia reformista (dissolució de la Inquisició, extinció de drets senyorials) pensant que la via reformista i no la guerra és la que permetrà el progrés per a Espanya.
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exercicis
• Llegiu els textos següent i comenteu el segon:
Murat informa a Napoleón de los sucesos del 2 de mayo
(Madrid, 2 de mayo a las 6 de la tarde)
Sire: la tranquilidad pública ha sido turbada esta mañana. Desde hace varios días la gente del campo se reunía en la ciudad, circulaban panfletos excitando a la rebelión, las cabezas de los generales y oficiales franceses hospedados en la ciudad se ponía a precio, en fin todo anunciaba la crisis. Esta mañana desde las ocho la canalla de Madrid y de los alrededores obstruía los accesos al castillo […] mientras tanto un batallón de guardia alojado en mi palacio, con dos cañones y un pelotón de cazadores polacos, ha marchado hacia el castillo atacando a la masa allí reunida y dispersándola a tiros de fusil. El general Grouchy reunía sus tropas en el Prado y recibía órdenes de dirigirse por la calle de Alcalá a la Puerta del Sol y Plaza Mayor donde se habían reunido más de veinte mil rebeldes. Se asesinaba ya en las calles a los soldados aislados que intentaban incorporarse a sus puestos. […] Después ordené al general Grouchy que marchase a la Puerta del Sol por la calle Platería y disolviese a cañonazos al populacho, esas dos columnas consiguieron ponerse en movimiento y limpiar las calles, no sin dificultad porque esos miserables se refugiaban en las casas y disparaban contra nuestras tropas. Los campesinos que habían logrado escapar de la ciudad han topado con la caballería y atacados a sablazos [...] al recibir informes de que no quedaba nadie en las calles me dirigí al palacio a hablar con el infante don Antonio y decirle que la ciudad debía ser desarmada inmediatamente.”
MURAT, C. Murat lieutenant de l'Empereur d'après correspondance inèdite Paris, 1847.
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Orden del 2 de mayo al ejército francés
Orden del día:
Soldados: mal aconsejado el populacho de Madrid, se ha levantado, y ha cometido asesinatos; bien sé que los españoles que merecen nombre de tales, han lamentado tamaños desórdenes, y estoy muy distante de confundir con ellos a unos miserables que solo repitan robos y delitos. pero la sangre francesa vertida clama venganza. Por tanto mando lo siguiente:
Art. I Esta noche convocará el general Gronchy la comisión militar.
Art II Serán arcabuceados todos cuantos durante la rebelión han sido presos con las armas.
Art III La Junta de Gobierno va a mandar desarmar a los vecinos de Madrid. todos los moradores de la corte, que pasado el tiempo prescrito para la ejecución de esta resolución, anden con armas o las conserven en su casa sin licencia especial, serán arcabuceados.
Art IV Todo corrillo que pase de ocho personas, se reputará reunión de sediciosos, y se disipará a fusilazos.
Art V Toda villa o aldea donde sea asesinado un francés será incendiada.
Art. VI Los amos responderán de sus criados; los empresarios de fábricas de sus oficiales; los padres de sus hijos y los prelados de conventos de sus religiosos.
Art VII Los autores de libelos impresos o manuscritos que provoquen a la sedición, los que los distribuyeren o vendieren, se reputarán agentes de Inglaterra, y como tales serán pasados por las armas.
Dado en nuestro cuartel general de Madrid a 2 de mayo de 1808. Firmado -Joaquín- por mandato de S.A.I.R., el Jefe del Estado mayor General Belliard. Gaceta de Madrid, 6 de mayo de 1808
• Llegeix els textos següents i relaciona les Juntes, els "sitios" i la guerrilla amb la guerra de la Independència.
La creació de les Juntes
"En la ciutat de Manresa al segon dia del mes de Juny de 1808.
Convocat i congregat el Gremi de mestres galoners (de cintes i serrells) de la present ciutat amb ordre i permís del senyor Governador i amb l'assistència de.... com (que) la convocatòria sols era perquè el Gremi escollís quatre comissionats a fin de reunir-se després amb els altres, que escollissin els altres gremis de la present ciutat i junts determinessin en representació de tot el poble...tot això sentit pel Gremi o individus que van concórrer a la Junta, van dir unànimement i en veu alta que sols volien obeir el nostre Rei i Senyor D.Fernando séptimo i que pel fet de trobar-se absent per traïció del dit Emperador dels Francesos, els Comissionats que van escollir....s'ajuntessin amb els altres que nombressin el altres Gremis d'aquesta ciutat i fessin junts tot el que creguessin oportú i necessari així per establir una Junta per governar."
Manresa, any 1808
Los sitios
Los sitios fueron, junto con las guerrillas, las formas típicas de resistencia durante la guerra de la Independencia. Los sitios, es decir, la defensa hasta el último extremo de la población de las ciudades, evitaron que los franceses tomaran ciudades como Zaragoza o Girona y con ello el dominio del Levante español, objetivo fundamentals de Napoleón en su plan de ocupación de la Península.
Cuanto más alejada de los asuntos políticos se siente la masa de la población, tanto más participa en el combate contra el invasor, enemigo concreto. Siendo el ejército regular asunto de la nobleza y de los militares de carrera, la gente del pueblo inventa, a la medida de sus aficiones indisciplinadas y de su ignorancia de las tradiciones del arte de la guerra, una forma de lucha genuína: la guerrilla (...). Para que la guerrilla sea plenamente eficaz es preciso que la población colabore con los insurrectos, que los guerrilleros conozcan personalmente el terreno, que a escala nacional sean inferiores al enemigo. (...)
Aymés, J. R.: La Guerra de la Independencia en España
Decretos de Napoleón. Diciembre 1808
A este fin (el de aparecer como protector y regenerador ante el pueblo de Madrid) obedecían seguramente los nuevos decretos que a su nombre, y prescindiendo absolutamente de su hermano, lanzó en los siguientes días desde su cuartel general de Chamartín, en los cuales, y a excepción de los dos primeros, altamente censurables, en que fulminó una proscripción contra varios Grandes de España y consejeros de Castilla (proscripción, por fortuna, que no tuvo resultados), los demás encarnaban nada menos que un completo programa revolucionario aplicado a la nación española. Suprimíase por ellos el Tribunal de la Inquisición, los derechos señoriales y las aduanas interiores; se disponía la reducción a una tercera parte de las comunidades religiosas, declarando sus propiedades bienes del Estado (...) y se hacía, en fin, con el breve espacio de ocho días, lo que las Cortes tardaron en discutir y aprobar más de tres años.
Mesonero Romanos, Ramón de: Memorias de un sesentón.
1. Situa els decrets que has llegit en el seu context històric i comenta les idees fonamentals.
2. Analitza la idea "nada menos que un completo programa revolucionario".
Anàlisi de les diferents posturas davant la invasió:
Los afrancesados constituyen un partido, por cuanto su decisión de jurar a José es la condición necesaria para poder alcanzar el poder y desarrollar desde él un programa específico, que los diferencia de los otros dos partidos que aparecen en estos años. Su total vinculación ideológica con el despotismo ilustrado les lleva a propugnar un régimen monárquico con una autoridad fuerte que impida experiencias revolucionarias como la francesa, pero al mismo tiempo promueva las reformas que el país necesita (...). La dinastía Bonaparte se les apareció como una posibilidad que no podía descartarse, tanto más cuanto la alternativa que ofrecía España de la resistencia era la revolución. (...) La derrota de los ejércitos imperiales planteó a los afrancesados la alternativa de someterse a la previsible represión que seguiría a la desaparición del régimen josefino o evitarla mediante la expatriación. El número de refugiados en Francia se estima en una 12.000 familias.
Artola, M.: Hª del Constitucionalismo español
José I Bonaparte
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Los absolutistas eran partidarios del Antiguo Régimen, de la soberanía real sin límites y de la preeminencia de los estamentos nobiliarios y eclesiásticos.
En la primavera de 1808, los eclesiásticos más decididos a combatir suelen ser más bien ultraconservadores que partidarios de reformas; puestos a la cabeza de la resistencia duplican su eficacia, vilipendian a los soldados imperiales; extienden a todos los franceses el calificativo de regicidas y transforman la conspiración contra el invasor en cruzada contra el ateismo y heterodoxia. El obispo Menéndez de Luarca llama a pelear "Por la religión, por Dios, por Jesucristo, por el Rey, por la Patria, por el pueblo, por la justicia y por nuestra seguridad". (...) temiendo ser desbordados por el pueblo sublevado, se ponen -o se dejan poner- a su cabeza. Prefieren contribuir a la victoria que dejar a la plebe ganar sola una guerra ya inevitable.
Los liberales luchan por una transformación profunda de la sociedad; es decir, la soberanía nacional, una sociedad de clases de preeminencia burguesa y la promulgación de una constitución. (...) El Imperio francés es tenido (...) por un neodespotismo militar, agresivo y anexionista (...). Se oponen a Napoleón que no es para ellos el abanderado de la revolución, sino un tirano destructor de la soberanía nacional. Para los conservadores, el Emperador encarna "la hidra revolucionaria", para los liberales es un "liberticida" (...). Se enfrentan a Napoleón porque persiguen un objetivo más ambicioso que el rescate de un soberano: la reforma de las instituciones políticas y civiles.
Aymes, J.R.: La Guerra de la Independencia en España
• Feu un esquema amb la informació del text anterior sobre les diferents posturas davant la invasió.
• Aneu a: http://pares.mcu.es/GuerraIndependencia/portal/aprendiz/aprendiz.2.3.html i llegiu la carta d'un afrancesat.
• Llegiu el text següent:
• Indica les idees principals del text següent i situa'l en el seu context històric:
Extracto de un catecismo anónimo difundido en 1808*
-Dime hijo ¿Qué eres tu?
-Soy español por la gracia de Dios
-¿Cuántas obligaciones tiene un español?
-Tres: ser cristiano y defender la patria y el rey.
-¿Quién es nuestro rey?
-Fernando VII
-¿Quien es el enemigo de nuestra felicidad?
-El emperador de los franceses. Que es un malvado, un ambici
oso, un ser diabólico.
-¿Qué son los franceses?
-Antiguos cristianos y herejes modernos.
-¿Es pecado asesinar a un francés?
-No, padre; se hace una obra meritoria librando a la patria de estos violentos opresores.
Cit. por F. Díaz Plaja: La historia de España en sus documentos
* Si vols llegir el document complet es troba a http://www.xtec.cat/~jrovira6/frances.htm clicant a "Catecismo patriótico"
1.2.3 Les Corts de Cádiz
Al gener de 1812, amb el territori controlat àmpliament pel govern de Josep I, es reuneixen a Cádiz els autodenominats representants de la nació espanyola (lògicament, no va haver-hi eleccions), sense recolzament social ni cap connexió amb la guerrilla popular. Nobles, clergues i burgesos van haver de pactar i com a resultat es promulgarà la considerada primera constitució espanyola, la Constitució de Cádiz, promulgada al 1812. Els punts fonamentals de la qual són:
- Monarquia constitucional amb separació de poders (Ferran VII)
- Sufragi universal masculí (per votar, no per ser elegit diputat)
- Igualtat Civil davant la llei* (abolició de privilegis)
- Abolició de drets senyorials, dels mayorazgos i de la vinculació de les terres
- Lliure propietat privada absoluta
* La igualtat de drets civils (que no polítics) es refereix als homes sense distinció de riquesa, però quant a les dones, simplement, no se`n parla directament. I això vol dir que aquesta igualtat no es refereix a les dones que continuaran tenint menors drets que els homes.
Com a concessió als sectors conservadors, es manté l’Estat confessional i està prevista la nacionalització dels béns de l’església.
Després dels primers fracassos militars de Napoleó a Espanya (relatius) i especialment a Rússia, té lloc la veritable derrota front a la sisena coalició europea a Leipzig (octubre 1813), que suposa la disgregació de l’Imperi napoleònic, la tornada de Ferran VII i la fi de la Guerra d’Independència. És l'oportunitat que esperen els que han lluitat contra Josep I!. ¡Torna El Dessitjat!.
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Exercisis
• Llegiu els textos següents i responeu les qüestions:
• El Imperio napoleónico
La guerra revolucionaria -de expansión y propaganda- sería obra de los girondinos. Cuando el general Bonaparte es nombrado jefe del ejército de Italia, encaja históricamente con la guerra girondina, hereda la guerra; sus armas imponen las tesis girondina, republicanizando las tierras que conquista. Napoleón extenderá al mundo los principios de 1789.
Los soberanos temerán en el Imperio Napoleónico lo que puede haber de revolucionario; las naciones, lo que tiene de conquistador. Se unirán todos contra él. Donde quiera que lo revolucionario despierte las ideas nacionales o liberales de un pueblo se alzará la resistencia contra la dominación imperial. Aceptar las ideas napoleónicas equivale a sublevarse contra Napoleón.
Sin comprender la esencia de la política económica de Napoleón es imposible representarse las bases sobre las que descansaba el Imperio y comprender las causas de su caída. Los paises conquistados eran considerados como parte integrante del imperio en lo tocante a levas, impuestos, mantenimiento de tropas (...) pero tierras extranjeras en el aspecto económico, pues había que evitar que las industrias metalúrgicas y textiles, los fabricantes belgas, alemanes, italianos, hiciesen la competencia a los franceses. Esos paises mantenían la ficción de paises separados, pero todos ellos debían convertirse en mercados de venta de los productos industriales franceses y proveedores de materias primas para la industria francesa. La política napoleónica arruinaba y vejaba a la burguesía industrial y comercial y a la población de estos paises ahogando sus fuerzas productoras con reglamentaciones a la industria, prohibiciones al comercio y multitud de decretos que perseguían el enriquecimiento y consolidación de la burguesía francesa.
García, M i Gatell, C. : Nou Temps, ed. Vicens Vives, pàg. 29
- Explica quins són els principis del 89.
- Explica la política econòmica seguida per Napoleón en les zones conquerides i quines repercusiones va comportar.
- Comenta la idea en cursiva del segon paràgraf.
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• Obra legislativa ordinaria de las Cortes de Cádiz
El texto aprobado por las Cortes en marzo de 1812 fue el resultado de un compromiso entre liberales y absolutistas, favorable a los primeros por la situación política en que se llevó a cabo. Este compromiso aparece claro si comparamos la organización liberal del Estado que establece la Constitución con el reconocimiento total de los derechos a la religión católica, que fue el punto central de los absolutistas.
Tanto en la elaboración de la Constitución como de las leyes y decretos de las Cortes de Cádiz se dividen en dos grandes sectores: los liberales y los absolutistas. (...) las grandes polémicas obre la soberanía, la Inquisición, la abolición de los señoríos jusrisdiccionales (...) polarizan estas posiciones.
El principio de soberanía nacional significa el reconocimiento de que el poder reside en la nación, el conjunto de ciudadanos, sin distinción de estamentos, y que se expresa a través de las Cortes formadas por representantes de la Nación. (...)
La Constitución de 1812 es importante por si misma por ser el principio del constitucionalismo español (...). Dentro del constitucionalismo occidental representa uno de los mejores modelos, soportando la comparación con la Constitución francesa de 1791 o la americana de 1787.
Solè Tura, J. y Aja, E.: Constituciones y periodos constituyentes en España, Ed. siglo XXI
Analitza les diferències entre liberals i absolutistes.
• Relacione esta imagen con las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812:

Proclamación de la constitución de Cádiz de 1812 (Cuadro de Salvador Viniegra) |
Font: Universidades públicas de la Comunidad de Madrid. Prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado
curso 2012-2013
• Observa les taules següents. Comenta en què va poder influir aquesta composició i per què es va arribar a ella (primera taula). Respecte a la segona taula, cal dir que els procuradors que van signar la Constitució de Cadis en 1812 van ser en total 184, o sigui, que en la taula no s'han tingut en compte els diputats de tot el procés constituent, sinó únicament els signants de la Constitució.
Extracción social de los diputados a Cortes en Cádiz
eclesiásticos |
90 |
abogados |
56 |
funcionarios |
49 |
militares |
30 |
sin profesión determinada |
20 |
catedráticos de universidad |
15 |
nobles |
14 |
marinos |
9 |
comerciantes |
8 |
escritores |
2 |
arquitectos |
1 |
bachiller |
1 |
medicos |
1 |
font: Universidades públicas de Andalucía. Directrices y orientaciones generales para las pruebas de acceso a la universidad. 2011/ 2012. Historia de España.
Si voleu, podeu veure el comentari de la taula (en forma
de gràfic). |
Reparto de procuradores por territorios
americanos |
53 |
castellanos |
19 |
valencianos |
17 |
catalanes |
15 |
gallegos |
15 |
andaluces |
14 |
extremeños |
11 |
leoneses |
9 |
asturianos |
7 |
murcianos |
7 |
baleares |
5 |
aragoneses |
4 |
canarios |
4 |
vascos |
3 |
navarros |
1 |
font: http://www.asccastilla.org/contenido/index.php/castilla/curiosidades/170-1812-los-hombres-de-castilla-en-cadiz |
• Comenteu el text següent:
Decret d’abolició de les senyories i les càrregues feudals (6 d’agost de 1811)
1º. Desde ahora quedan incorporados á la Nación todos los señoríos jurisdiccionales de qualquiera clase y condición que sean.
2º. Se procederá al nombramiento de todas las justicias y demás funcionarios públicos por el mismo orden y según se verifica en los pueblos de realengo […].
4º. Quedan abolidos los dictados de vasallo y vasallage, y las prestaciones así reales como personales, que deban su origen a título jurisdiccional, á excepción de las que procedan de contrato libre en uso del sagrado derecho a la propiedad.
5º. Los señoríos territoriales y solariegos quedan desde ahora en clase de los demás derechos de la propiedad particular, si no son de aquellos que por su naturaleza deban incorporarse á la Nación, ó de los en que no se hayan cumplido las condiciones con que se concedieron, lo que resultará de los títulos de adquisición.
6º. Por lo mismo los contratos, pactos, ó convenios que se hayan hecho en razón de los aprovechamientos, arriendos de terrenos, censos, ú otros de esta especie, celebrados entre los llamados señores y vasallos, se deberán considerar desde ahora como contratos de particular á particular.
7º. Quedan abolidos los privilegios llamados exclusivos, privativos y prohibitivos que tengan el mismo origen de señorío, como son los de caza, pesca, hornos, molinos, aprovechamientos de agua, montes y demás […].
11º. La Nación abonará el capital que resulte de los títulos de adquisición, ó lo reconocerá, otorgando la correspondiente escritura […].
14º. En adelante nadie podrá llamarse Señor de vasallos, exercer jurisdicción, nombrar jueces, ni usar de los privilegios y derechos comprehendidos en este decreto; y el que lo hiciese perderá el derecho al reintegro en los casos que quedan indicados.
font: http://blogs.sapiens.cat/socialsenxarxa/categoria/historia/6-historia-contemporania/2-lespanya-del-segle-xix/01-de-l%e2%80%99antic-regim-al-liberalisme-guerra-i-revolucio/
1.2.4 Les conseqüències de la guerra (1808-1830)
Políticament, la revolució burgesa va fracassar a Espanya, però a les colònies americanes els independentistes van triomfar, perquè la lluita contra la Corona és la lluita de la burgesia criolla contra el monopoli colonial i el domini polític. Al 1824, després de la victòria d’Ayacucho, la pèrdua de la quasi totalitat de l’Imperi colonial espanyol i del comerç colonial és una realitat. Espanya, definitivament, passa a ser una potència menor en l'escena internacional.
A Espanya altres conseqüències de la guerra, van ser, a més de les pèrdues humanes, la destrucció de material industrial (desmantellament de les indústries catalanes a mans dels francesos aprofitant l'anexió), el que suposa l’aturada del procés de creixement econòmic iniciat al segle XVIII i l'allargament del període de recessió, que es prolongarà durant tota la resta del regnat de Ferran VII. La Guerra del Francès també ha suposat l’expansió de les idees revolucionàries i el sorgiment de la consciència nacional davant l’enemic comú, idees que formaran part de la mentalitat de molts dels nous oficials de l’exèrcit de Ferran VII (alguns d’origen popular). Totes aquestes conseqüències de la guerra, polítiques i econòmiques, marcaran el regnat del nou rei.
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2. La Restauració de l'absolutisme: fracàs de la primera i la segona revolució burgesa (1814-1830)
castellano
• Estudia el regnat de Ferran VII i el Trieni Liberal (1814-1833). Repassa el marc europeu (La Restauració europea)
La tornada de Ferran VII suposa els triomf dels independentistes, però també el fracàs de la revolució burgesa i, per tant, la restauració de l'absolutisme. Diversos factors expliquen aquest resultat: externs, la situació internacional (Època de la Restauració) és totalment contrària a les idees revolucionàries, i interns, la classe dominant espanyola és partidària de postures contrarevolucionàries, a més, la dèbil burgesia espanyola, al contrari de la francesa, no ha pogut adoctrinar ni connectar amb les masses populars urbanes que, en canvi, sí estan influïdes pel mite del Desitjat, que acabarà amb els desastres de la guerra i la fam. Si Ferran VII dubtava, en quant es va adonar de la força d’uns i la debilitat dels altres, ho tindrà clar.
A nivell internacional, entre 1815-1830 es l’època de la Restauració de l’absolutisme degut a la reacció de les classes dominants de tota Europa davant les idees revolucionàries aprofitant la derrota de Napoleó (fins i tot a Gran Bretanya i a França, hi ha una reacció contra els republicans enfortint el poder executiu). Però la transmissió de les idees revolucionàries, liberalisme i nacionalisme, a pesar de la repressió i la clandestinitat continua (es creant societats secretes i es fan reunions il.legals), el que afavorirà el sorgiment d’un moviment revolucionari internacional al 1820 a la zona mediterrània, de poca intensitat, i que fracassarà quasi a tot arreu fins l’arrivada de l’onada de 1830, molt més forta i que marca la fi de l'Antic Règim a Europa Occidental, iniciant l’època del triomf del liberalisme.
A Espanya, la revolució de 1820 significa el segon intent de la burgesia espanyola per prendre el poder. De fet, ho aconsegueix durant tres anys (El trienni liberal, 1820-23). La debilitat de la burgesia espanyola queda però en evidència perquè necessitarà el suport de l’exèrcit per aconseguir-ho: és l’inici de l’intervencionisme militar en la vida política espanyola i d’una pràctica que la caracteritzarà: els pronunciaments militars (en el cas de 1820, del liberal Riego), un cop d’Estat militar que obliga a Ferran VII a instaurar per primer cop la monarquia constitucional i a posar en pràctica la Constitució de 1812 (la Pepa). Però aquella debilitat de la burgesia queda també evident quan, sense recolçament popular i amb l’oposició dels terratinents, el rei demana la intervenció de l’exèrcit absolutista del Cien mil fills de San Luis i restaura l’absolutisme. Una segona repressió contra els liberals marca la “dècada ominosa”, però la continuïtat de la recessió econòmica accentuada pel dèficit de l’Hisenda Pública li resten cada vegada més popularitat. En els últims anys, la falta d’un hereu li obliga a anul.lar la Llei Sàlica i establir la Pragmàtica Sanción segons la qual l’heredera serà la seva filleta, Isabel. Aquesta situació de crisi i debilitat de la monarquia es aprofitada pels absolutistes més radicals de determinades zones del nord del país que recullen el descontentament de sectors socials perjudicats per la crisi ( pagesos petits propietaris o arrendataris) per iniciar un moviment de suport de l’Antic Règim, de la Religió i dels furs o lleis tradicionals, reclamant el tro pel germà del rei, Carles Mª Isidre. Seran els carlins que no acceptaran la regència de Mª Cristina quan mori Ferran VII al 1833 i provocaran la primera guerra carlina (a Cataluyna uns anys abans, la guerra dels malcontents).
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Exercicis
• Llegiu els següents textos i comenteu-ne algun seguint el guió que coneixeu:
Manifiesto de los persas
"La Monarquía absoluta (...) es una obra de la razón y de la inteligencia: está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado: fue establecida por derecho de conquista, o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus Reyes. Así que el soberano absoluto no tiene facultad de abusar de su autoridad (derecho que no quiso tener el mismo Dios); por esto ha sido necesario que el poder soberano fuese absoluto, para prescribir a los súbditos todo lo que mira al interés común, y obliga a la obediencia a los que se niegan a ella. (...).
Pero los que declaman contra el Gobierno monárquico, confunden el poder absoluto con el arbitrario (...). En un gobierno absoluto las personas son libres, la propiedad de los bienes es (...) legítima e inviolable (...). El Soberano no puede disponer de la vida de sus súbditos, sino conforme con el orden de justicia establecido en su Estado. Hay entre el Príncipe y el Pueblo ciertas convenciones que se renuevan con juramento en la consagración de cada Rey: hay leyes, y cuanto se hace contra sus disposiciones es nulo en derecho. Póngase al lado de esta definición la antigua Constitución Española, y medítese la injusticia que se le hace.
Los más sabios Políticos han preferido esta monarquía absoluta a todo otro gobierno (...). El soberano, que en varios extremos reconoce un superior, no tiene más poder que el que recibe por el mismo conducto por donde se ha derivado la soberanía; mas esta monarquía (…) hace depender la fortuna del pueblo de las ideas y pasiones del Príncipe (…). Dos potencias que deberían obrar de acuerdo, más se combaten que se apoyan. (…)
El (remedio) que debemos pedir (...): que se suspendan los efectos de la Constitución, y decretos dictados en Cádiz, y que las nuevas Cortes tomen en consideración su nulidad, su injusticia y sus inconvenientes (...)"
Madrid, 12 de abril de 1814.
Desde que la Divina Providencia, por medio de la renuncia espontánea y solemne de mi Augusto Padre, me puso en el Trono de mis mayores, del cual ya me tenía jurado sucesor el Reino por medio de sus Procuradores juntos en Cortes (...). Mis primeras manifestaciones se dirigieron a la restitución de varios Magistrados y otras personas que arbitrariamente se había separado de sus destinos, pues la dura situación de las cosas y la perfidia de Bonaparte, de cuyos crueles efectos quise, pasando a Bayona, preservar a mis pueblos, apenas dieron lugar a más.
Reunida allí la Real Familia, se cometió en toda ella, y señaladamente en mi persona, un atroz atentado (...), violentando en lo más alto el sagrado derecho de gentes, fui privado de mi libertad, y lo fui, de hecho, del Gobierno, de mis Reinos, y trasladado a un palacio con mi muy amados hermanos y tío, sirviéndonos de decorosa prisión, casi por espacio de seis años, aquella estancia (...).
Con esto quedó todo a la disposición de las Cortes, las cuales en el mismo día de su instalación (...) me despojaron de la soberanía (...), atribuyéndola a la Nación, para apropiársela así ellos mismos, y dar a ésta (...) una Constitución que (...) ellos mismos sancionaron y publicaron en 1812.
Este primer atentado contra las prerrogativas del trono (...), fue como la base de los muchos que a éste siguieron (...); se sancionaron, no leyes fundamentales de una Monarquía moderada, sino las de un Gobierno popular (...).
De todo esto, luego que entré dichosamente en mi reinado, fui adquiriendo fiel noticia y conocimiento (...).
Yo os juro y prometo a vosotros, verdaderos y leales españoles que habéis sufrido, no quedaréis defraudados en vuestros nobles empeños. (...)
Por tanto, habiendo oído lo que (...) me han informado personas respetables por su celo y conocimientos, y los que acerca de cuanto aquí se contiene me ha expuesto en representaciones que de varias partes del Reino se me han dirigido, (...) declaro que mi Real ánimo es, no solamente no jurar ni acceder a dicha Constitución, ni a decreto alguno de las Cortes generales y extraordinarias ni de las ordinarias actualmente abiertas (...), sino el de declarar aquella Constitución y aquellos decretos nulos y de ningún valor ni efecto, (...) como si no hubiesen pasado jamás tales actos y se quitasen de en medio del tiempo, y sin obligación en mis pueblos y súbditos de cualquier clase y condición a cumplirlos y guardarlos.
Dado en Valencia a 4 de Mayo 1814.Yo, el Rey.
El retorno de Fernando VII
Text 1
Ya conocemos el final de la lucha militar, que coincide con el hundimiento del poderío de Napoleón, obligado a liberar a Fernando VII y a firmar la paz de Valençay. Fernando regresa por la frontera catalana, el 22 de marzo de 1814, y sigue un itinerario distinto al señalado por la Regencia, entre las aclamaciones fervorosas de las poblaciones de Figueres, Girona, Tarragona, Reus, Poblet, Lleida, Zaragoza, Teruel y Valencia.
Fernando marchó de Valencia a Madrid, acogido por las poblaciones con verdadero delirio, el cual se encargaban de transformar los soldados de Elío en motines antirreformistas con rotura de lápidas que llevaban el nombre de "Plaza de la Constitución".
Tuñón de Lara,M. Hª de España
Text 2
El general Elío, nombrado secretamente capitán general de Castilla, entró en Madrid y arrestó a los dirigentes liberales (10 de mayo). Al día siguiente "los más bajos plebeyos" saquearon el edificio de las Cortes y rompieron la piedra de la Constitución. El golpe de mayo fue un retorno a la coalición de Aranjuez: Fernando, el ejército y la callejera.
Carr, R.: Hª de España
• Llegeix el text següent i respon les qüestions:
La caida de Napoleón y el pensamiento del romanticismo proporcionaron a las fuerzas conservadoras de Europa la coyuntura y la justificación que permitieron imponer sistemas de poder basados en dos postulados de gobierno estrechamente unidos: restauración del orden legítmo, entendiendo por tal el tradicional hasta la revolución y represión de cualquier acción dirigida a destruirlo. Príncipes y privilegiados han descubierto en la ideología ilustrada la causa determinante de la revolución y para evitar su eventual renovación cierran filas y, olvidando antiguas diferencias, crean la alianza del altar y el trono que permite una división de funciones entre la lucha contrarrevolucionaria en el interior de los Estados, y la Santa Alianza que constituye una cláusula de seguridad contra un posible triunfo de los liberales, al establecer la solidaridad de los príncipes contra los revolucionarios.
Artola: Ob. cit.
- Quines són les forces conservadores d'Europa?.
- Quins principis polítics defensen?
- Busca informació sobre la Santa Alianza i fes un breu resum.
• Llegeix el text següent i situa el seu context històric.
Circular del Ministerio de Hacienda
Deseoso el Rey Nuestro Señor de proporcionar a sus vasallos los alivios a que se han hecho dignos por sus heróicos esfuerzos, se ha servido relevarles el pago de contribuciones correspondientes al año 1808, entendiéndose sólo con respecto a los primeros contribuyentes.
Gaceta de Madrid, sábado 12 de noviembre de 1814
• Comenta el text següent:
Tranquilizado por la presencia del ejército francés, Fernando VII se entregó a una de las represiones más desenfrenadas que ha conocido nuestra historia (¡y no son pocas!). Los mayorazgos fueron reimplantados, los gremios también, la reforma universitaria anulada de un plumazo. Se cerraron las universidades de provincias y se suprimieron las peligrosas enseñanzas de matemáticas y de astronomía, a las que se preferían la música, la danza y la esgrima. En 1830 el monarca cerró todas las universidades, incluso la catalana (restaurada por él en Cervera, en lugar de Barcelona) que estaba lejos de la "funesta manía de discurrir". Los mejores hombres de ciencia tuvieron que emigrar...o sufrieron toda suerte de persecución... "Es preciso exterminar a los negros (nombre peyorativo dado a los liberales) hasta la cuarta generación, decía el periódico fernandino El Restaurador.
Sin embargo, ni Fernando VII y su camarilla, ni la alta nobleza, podían detener la marcha de la historia.
TUÑON DE LARA: La España del siglo XIX
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• Llegeix el text següent:
Situación en que quedó Manresa después de la Guerra del Francés.
A penas se encuentra en su recinto algún edificio que haya quedado ileso, la mayor parte no son más que una pila de escombros y muchos otros estan amenazados de ruina próxima, de manera que sin peligro inmediato no es posible recorrer las calles. Entre los mismos escombros hay sepultadas diversas víctimas sacrificadas por la brutalidad francesa, mezcladas con las cenizas de los telares, máquinas, ingenios y fábricas que constituían en otros tiempos la riqueza de esta ciudad malhallada.
En este estado, ¿qué es Sr. Excelentísimo lo que Manresa puede presentar a V.E.?. Un montón de escombros por habitante, una multitud de pobres avergonzados y asustados o por el indigno trato que sufrieron a manos de los enemigos o por la irreparable pérdida de sus ganancias y caudales, a centenares de familias que del estado de la mediocridad e incluso de la abundancia se ven reducidas a la miseria i a la mendicidad.
Ayuntamiento de Manresa, año 1811
(en castellano en original)
• Fes un esquema sobre les conseqüències de la Guerra de la Independència.
• Amb tota la informació anterior, redacta el tema: La Guerra de la Independència i el primer intent de Revolució burgesa a Espanya.
• Desenvolupa el següent tema: "L'emancipació de l'Amèrica espanyola" comentant els aspectes següents:
1. Causes de l'Independentisme.
2. Desenvolupament del Procés d'Independència.
3. Conseqüències de la Independència.
En acabar, pots anar al tema redactat |
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• Comenteu el document següent
:
Canción popular
Constitución o muerte Corramos a las armas
esta es nuestra divisa milicianos valientes
si algún servil la pisa por mantener vigentes
la muerte sufrirá. la ley y la libertad.
Y pues hemos jurado ¿Quién vive?
nosotros, defensores, ¡España!
morir entre las flores Por si acaso son facciosos
de la Constitución.... por eso lo preguntamos.
Diga usted ¡que viva Riego!
Y si no, lo degollamos.
Dérozier, A.: Escritores politicos españoles (1789-1854) Madrid. Turner, 1975
•• (Examen de selectivitat)
MANIFIESTO DE FERNANDO VII JURANDO LA CONSTITUCIÓN DE 1812
Españoles: Cuando vuestros heroicos esfuerzos lograron poner término al cautiverio en que me retuvo la más inaudita perfidia, todo cuanto vi y escuché, apenas pisé el suelo patrio, se reunió para persuadirme que la nación deseaba ver resucitada su anterior forma de gobierno (...).
No se me ocultaba sin embargo que el progreso rápido de la civilización europea, la difusión universal de luces hasta entre las clases menos elevadas, la más frecuente comunicación entre los diferentes países del globo, los asombrosos acaecimientos reservados a la generación actual, habían suscitado ideas y deseos desconocidos a nuestros mayores, resultando nuevas e imperiosas necesidades; ni tampoco dejaba de conocer que era imposible dejar de amoldar a tales elementos las instituciones políticas, a fin de obtener aquella conveniente armonía entre los hombres y las leyes, en que estriban la estabilidad y el reposo de las sociedades.
Pero mientras yo meditaba maduramente con la solicitud propia de mi paternal corazón las variaciones de nuestro régimen fundamental, que parecían más adaptables al carácter nacional y al estado presente de las diversas porciones de la monarquía española, así como más análogas a la organización de los pueblos ilustrados, me habéis hecho entender vuestro anhelo de que se restableciese aquella Constitución que entre el estruendo de armas hostiles fue promulgada en Cádiz el año de 1812, al propio tiempo que con asombro del mundo combatíais por la libertad de la patria. He oído vuestros votos, y cual tierno padre he condescendido a lo que mis hijos reputan conducente a su felicidad. He jurado esa Constitución por la cual suspirabais, y seré siempre su más firme apoyo. Ya he tomado las medidas oportunas para la pronta convocación de las Cortes. En ellas, reunido a vuestros representantes, me gozaré de concurrir a la grande obra de la prosperidad nacional.
(...) Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda constitucional; y mostrando a la Europa un modelo de sabiduría, orden y perfecta moderación en una crisis que en otras naciones ha sido acompañada de lágrimas y desgracias, hagamos admirar y reverenciar el nombre español, al mismo tiempo que labramos para siglos nuestra felicidad y nuestra gloria.
Palacio de Madrid, 10 de marzo de 1820
ANÁLISIS DEL TEXTO Y CUESTIONES:
1. Clasifique el texto explicando: tipo de texto, circunstancias concretas en las que fue escrito, destino y propósitos por los que se escribió. (Puntuación máxima: 1’5 puntos).
2. Indique y explique las ideas que aparecen en el texto y resuma su contenido. En ningún caso se puntuará la repetición o simple glosa del texto. (Puntuación máxima: 1’5 puntos).
3. Responda a las siguientes cuestiones. (Puntuación máxima: 1’5 puntos por cuestión):
a) Señale los contenidos más sobresalientes del texto constitucional de 1812.
b) Explique la etapa del “Trienio Constitucional o Liberal”.
Criterios específicos de corrección del comentario de texto: Puntuación máxima 6 puntos.
Se valorará:
* El ajuste de las respuestas a la formulación de las preguntas.
* La diferenciación entre hechos, opiniones y juicios de valor.
* El encuadre en el proceso histórico correspondiente.
* El empleo adecuado del vocabulario histórico.
Como aspectos a considerar negativamente señalamos: que el alumno se dedique a repetir más o menos lo que dice el texto con otras palabras, que sustituya el análisis por un discurso literario, y que utilice el texto como un simple pretexto para extenderse sobre temas históricos o cuestiones ajenas a lo que se pregunta.
Pregunta 1. (Puntuación máxima: 1’5 puntos). Se valorará la precisión en la localización temporal y espacial del texto, así como en los demás aspectos clasificadores.
Pregunta 2. (Puntuación máxima: 1’5 puntos). Se valorará la capacidad para analizar el texto y resumir su contenido.
Pregunta 3. (Puntuación máxima: 3 puntos. 1’5 por cuestión). Se valorará el conocimiento del proceso histórico al que se refiere el texto por la adecuación de las respuestas a las cuestiones planteadas
Fuente: Universidades públicas de la comunidad de Madrid. Prueba de acceso a estudios universitarios (LOGSE). Curso 2007-2008.
• Llegiu els textos següents sobre La guerra dels malcontents:
Text 1
A Catalunya, l'activitat ultra va conduir a l'esclat de la guerra dels Malcontents o Agraviats entre l'abril i l'octubre de 1827. Des del 1825 s'havia constatat una mobilització d'aquest tipus als corregiments de Cervera, Manresa, Girona o Figueres, el 1826 va incrementar-se l'agitació fins que la revolta va iniciar-se obertament a Tortosa (abril del 1827) en termes de defensa de Carles M. Isidre en contra de Ferran VII; poques setmanes després, a l'estiu, canvià d'argument i passava a justificar-se com a defensa de Ferran VII i en contra del "mal govern" que l'envoltava.
Socialment la revolta va beneficiar-se de la continuitat de la crisi al camp -baixa dels preus agraris, augment de la pressió fiscal i fallida de la industria rural que permetia complementar els Ìngressos pagesos-, de l'existència d'un malestar pagès que fou canalitzat per mitjà de l'agitació clerical, que oferia una explicació clara del que passava: la culpa de la situació era d'un govern que s'estava apartant de les "bones formes del passat" i que es mostrava tolerant amb els liberals. D'aquesta manera va vincular-se el descontentament pagès amb la queixa apostòlica per la politica "tolerant" de Ferran Vil. Finançada per la noblesa reaccionària i assentada en un món rural i urbà en declivi, que patia durament les conseqüències del desenvolupament capitalista que s'anava produint malgrat el règim, la insurrecció va assolir notables proporcions: ocupà transitòriament ciutats com Vic, Cervera, Valls o Reus, va constituir-se una Junta Superior Provisional de Govern del Principat de Catalunya a Manresa i aconseguí d'aplegar uns efectius de 25.000-30.000 homes.
Les dimensions de la guerra obligaren Ferran VII a desplaçar-se a Catalunya per tal de desactivar-ne els fonaments ideològics (calia que el rei, lliurement i pública, desmentís la seva "capció" pel govern i reclamés la pacificació del país), mentre l'exèrcit intensificava la seva campanya sota el comandament del comte d'Espanya i els bisbes passaven a condemnar la revolta. La detenció, deportació o execució dels principals caps malcontents completaren les mesures amb què va posar-se fi a la guerra. Ferran VII havia entrat a Tarragona el 28 de setembre; i al principi del desembre decidí de perllongar durant quatre mesos la seva estada a Barcelona, preocupat, fonamentalment, per obtenir diners per a les seves arques, un cop liquidats els malcontents. Durant aquest temps fou objecte d'homenatges i festes en les quals els burgesos barcelonins maldaren per interessar al rei en la problemàtica del desenvolupament econòmic.
Text 2
El gobierno tampoco estaba proporcionando al público toda la información de que disponía. Callaba que había partidas armadas en Gerona y, sobre todo, estaba haciendo todo lo posible para ocultar un hecho que aparecía claramente en esta primera fase: que los movimientos eran de carácter claramente "carlista". El cónsul de Francia en Barcelona explica a su gobierno que las partidas "recorren los campos y quieren forzar a los habitantes a proclamar a don Carlos. En la primavera de 1827 t ienen una bandera en la que se ve al rey Fernando cabeza abajo, y un ángel exterminador que pisotea a un negro -un liberal- y lo atraviesa con su espada (...). Su grito de guerra es "°Viva el rey Carlos y ¡Viva la Santa Inquisición! ¡Fuera los franceses!".
Josep Fontana: La fi de l'Antic Règim i la industrialització (1.787-1.86B), vol 5
- Situa el context històric de la guerra dels malcontents .
- Què vol dir que els moviments tenien caràcter carlista?
- Què era la Inquisició i quina era la seva situació en aquests moments?
- Quina opinió tenien les partides de Girona respecte als francesos i per què?
- Per què es parla de un problema dinàstic en els útims anys del regnat de Ferran VII?
•Si voleu més informació, consulteu el material d'ampliació:
Fonts primàries
Carta pastoral del arzobispo de Palmira
Fonts secundàries
Gráfica: Composición social de las Cortes de Cádiz
Entrevista a Arturo Pérez-Reverte
Entrevista a José Luis Corral, historiador
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